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LAS MANIFESTACIONES DEBERÁN SER APROBADAS POR EL MINISTERIO DE SEGURIDAD

28/12/23

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El paquete de reformas con el que Javier Milei buscará reglamentar la organización de las manifestaciones, fijando duras sanciones para los organizadores y aquellos que impidan el funcionamiento normal del tránsito vehicular.

El artículo 331 del proyecto define que, si 3 o más personas se reúnen con el propósito de ejercer el derecho a la protesta, será considerado una manifestación.

La manifestación deberá ser notificada al Ministerio de Seguridad al menos 48 horas antes de realizarse, especificando las características; los datos personales de quiénes convocan a la congregación, la finalidad que tiene; el recorrido que tendrá; el tiempo de duración; y una cantidad estimada de participantes.

La aprobación estará a cargo principalmente de Patricia Bullrich, y se le otorgará un comprobante que deberán tener los organizadores al momento de la realización de la convocatoria y podrá realizarse siempre y cuando no estorbe, impida o entorpezca el tránsito.

El Ministerio tendrá la facultad de oponerse a la realización en caso de que se vea comprometida la seguridad de las personas o seguridad nacional, así como también podrá proponer modificaciones al horario, la ubicación o la fecha.

En caso de registrarse una falta en la movilización autorizada, el Ministerio de Seguridad de la Nación exigirá a cualquiera de los organizadores que cesen con el incumplimiento de la normativa y adecuen la reunión a lo establecido y aprobado. En caso contrario, se implementarán las acciones correspondientes. Como está redactado en el proyecto: “serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe”.

La Ley Ómnibus también sostiene que los organizadores “serán solidariamente responsables por los daños que los manifestantes ocasionaren” durante la movilización.